Ventanilla única
Puertos del Estado en el organismo designado en España para operar y gestionar la Ventanilla Única Marítimo Portuaria establecida de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva 2010/65/UE. La Ventanilla Única se concibe como el único punto en el que se comunica por una sola vez la información a declarar con ocasión de la escala de un buque en un puerto español. Puertos del Estado pone a disposición de las autoridades competentes españolas, de otros Estados Miembros, y de autoridades europeas como la EMSA, la información necesaria. Las Autoridades Portuarias son los puntos de acceso local a la ventanilla nacional. A efectos de que los sistemas sean interoperables y compatibles Puertos del Estado establece los formatos de puesta a disposición de la información así como la sintaxis y la estructura de los mensajes de intercambio electrónico, y las Reglas de Negocio y procedimientos necesarios. En este apartado figuran las Guías de Usuario de los diferentes mensajes y los flujos de proceso, y las Reglas de Negocio y Procedimientos aplicables para la interacción con las AAPP y la Ventanilla Única Nacional.